Hong Kong se dispone a revisar la ordenanza sobre derechos de autor

Recientemente, el Departamento de Propiedad Intelectual («DPI») del Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong («RAEHK») ha concluido una consulta pública de dos meses de duración, recabando opiniones del público para abordar las preocupaciones en materia de derechos de autor que han surgido a raíz de los recientes avances en inteligencia artificial («IA»).

Es esencial dar prioridad a los retos que plantea la IA, sobre todo teniendo en cuenta su estrecha intersección con una gran variedad de ámbitos, como la innovación y la tecnología, así como los campos creativos. Al utilizar datos que pueden incluir contenidos protegidos por derechos de autor, la IA generativa produce una gran variedad de ricos resultados, que van desde el texto escrito, las imágenes y el audio hasta el vídeo. Por lo tanto, las implicaciones derivadas de esta novedosa tecnología son de gran alcance y merecen un cuidadoso escrutinio.

Tal y como se delinea en el documento de consulta de la DPI, las disposiciones actuales de la Ordenanza sobre Derechos de Autor («CO») pueden salvaguardar adecuadamente las creaciones generadas por la IA. El marco jurídico actual ofrece protección a las obras originales en los campos del arte, el teatro, la literatura y la música, junto con las grabaciones de audio, las películas, las emisiones de televisión, los programas por cable y el diseño tipográfico de los materiales publicados.

  • Para las obras literarias, dramáticas, musicales y artísticas (LDMA), las disposiciones sobre «obras generadas por ordenador» se aplican a las obras generadas por IA sin autores humanos.
  • En el caso de las obras que no pertenecen a la LDMA (por ejemplo, grabaciones sonoras, películas), las disposiciones existentes se aplican independientemente de si estas obras han sido creadas por humanos o por ordenadores.

La protección jurídica prevista en la OC ya se extiende a las identificadas como «generadas por ordenador». La DPI considera que esta clasificación es lo suficientemente amplia como para incorporar las creaciones generadas por tecnologías emergentes, incluidas las piezas producidas por ordenador independientemente de la aportación humana.

El documento de consulta incluye una propuesta de excepción dirigida específicamente a la minería de textos y datos. Esto se refiere a un proceso que emplea métodos computacionales para examinar extensos conjuntos de datos, incluyendo potencialmente obras protegidas por derechos de autor.

En el documento de consulta se consideran los pros y los contras relativos a la adopción de una excepción para la minería de textos y datos. Los defensores de tal excepción destacan la importancia de ampliar el acceso a las obras protegidas por derechos de autor con el fin de entrenar las tecnologías de IA. Por otro lado, entre las críticas vertidas contra un planteamiento de este tipo figuran la probabilidad de perturbar los comportamientos establecidos en el mercado y las aprensiones sobre su viabilidad a largo plazo.

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